Impuesto al plástico no reutilizable: ¿cómo presentarlo?

Hace unas semanas vimos qué es el impuesto al plástico no reutilizable y cómo te puede afectar. Hoy hablaremos sobre cómo presentar el impuesto al plástico no reutilizable. ¿Cuándo y cómo debes abonar esta tasa si eres fabricante, importador o comprador intracomunitario?

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Impuesto al plástico no reutilizable: cómo presentarlo si eres fabricante o adquiriente intracomunitario

Si eres fabricante o importador intracomunitario de envases de plástico no reutilizable, debes seguir estos pasos:

1.- Inscríbete en el registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Debes hacerlo antes de iniciar tu actividad. Únicamente se te considera exento si el peso total de plástico no reciclado de tus adquisiciones intracomunitarias no supera los 5 kg al mes. Utiliza la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para presentar tu solicitud, junto con la siguiente documentación:

  • Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas que te corresponde.
  • Si eres fabricante: Identificación y descripción del establecimiento en el que se desarrolla la actividad.
  • Si actúas mediante representante, documento acreditativo de la representación. Estás obligado a actuar mediante representante en el caso de que

2.- Presenta el modelo 592 de autoliquidación en un plazo de 20 días naturales al finalizar cada trimestre.

3.- Una vez completada la gestión anterior, la Agencia Tributaria te notificará la inscripción y te enviará una tarjeta acreditativa, que incluirá el código de identificación del plástico (CIP). Debes obtener un código CIP por cada una de las actividades que realices. Si eres fabricante, además, debes tener un código CIP por cada  establecimiento.

4.- Mantén al día tu contabilidad: debes llevar la contabilidad de los productos sujetos al impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables (si eres fabricante) o un libro de registro de existencias (si eres adquiriente intracomunitario). Para ello, debes seguir las instrucciones que se indican en el anexo V de la Orden HFP/1314/2022.

En caso de que seas fabricante, tu libro de contabilidad de productos sujetos al impuesto al plástico no reutilizable debe incluir los siguientes campos:

  1. Número de asiento
  2. Concepto
  3. Clave producto
  4. Descripción producto
  5. Fecha
  6. Justificante
  7. Kilogramos
  8. Kilogramos no reciclados
  9. Régimen fiscal
  10. Destinatario o proveedor
  11. Destinatario o proveedor

Si trabajas con plástico no reutilizable como adquiriente intracomunitario, tu libro de registro de existencia debe contener los mismos campos, excepto la descripción de producto, que no es necesaria:

  1. Número de asiento
  2. Concepto
  3. Clave producto
  4. Fecha
  5. Justificante
  6. Kilogramos
  7. Kilogramos no reciclados
  8. Régimen fiscal
  9. Destinatario o proveedor
  10. Destinatario o proveedor

Impuesto al plástico no reutilizable: cómo presentarlo si eres importador

Los importadores de productos objeto del impuesto, por dicha actividad, no estarán obligados a presentar autoliquidación (modelo 592). El impuesto que se devengue será liquidado por la Aduana de importación conforme a lo dispuesto para la deuda aduanera.

En cuanto al registro territorial, los importadores tampoco tienen obligación de inscribirse en él. Por lo tanto, no recibirán ni necesitarán emplear un número CIP.

 

¿Y si eres adquiriente o importador pero no estás establecido en territorio español?

En ese caso, quien debe seguir todos los pasos descritos más arriba es tu representante. Debes nombrar un representante afincado en territorio español y otorgarle poderes. Tu representante se inscribirá en el registro y solicitará un CIP para actuar en tu nombre.

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