Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec: Aumenta la inversión

Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec: Aumenta la inversión

Este lunes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó un decreto mediante el cual se busca fomentar la inversión, creación de empleos y crecimiento económico en los Polos de desarrollo del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec a través de estímulos fiscales. De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Nación (DOF) se otorgarán beneficios fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que realicen actividades económicas en dicha zona.

Dichos beneficios serán otorgados a aquellos contribuyentes -personas físicas y morales- residentes en México y en el extranjero con establecimiento permanente en el país que tributen en los términos del Título II, del Título IV, Capítulo II, Sección I, o del Título VII, Capítulo X, de la Ley de Impuesto sobre la Renta que obtengan ingresos provenientes de actividades económicas productivas realizadas en la zona tales como: eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, maquinaria y equipo, tecnologías de la información y comunicación, metales y petroquímica, equipo de generación y distribución de energía eléctrica y cualquier otra actividad que sea determinada por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

Los beneficios consisten en un crédito fiscal acreditable contra el monto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) causado, por lo que el crédito fiscal será equivalente al 100% del ISR causado durante tres ejercicios fiscales contados a partir de que obtengan la constancia. De igual manera, durante seis ejercicios fiscales después de la constancia, pueden efectuar la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión para realizar sus actividades.

Cabe señalar que para acceder a los estímulos fiscales y a las facilidades administrativas, los interesados deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, contar con un título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún polo, presentar, en su caso, el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión y tener su domicilio fiscal en el polo donde desarrollen sus actividades económicas productivas. Aunado a ello, será el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quien emita las reglas necesarias para la aplicación de los beneficios mencionados.

En caso de que los contribuyentes dejaran de cumplir con alguno de los requisitos previstos en los lineamientos, se dejarán de aplicar los beneficios fiscales y facilidades administrativas.



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